Informes de Validación Gráfica Alternativa del Catastro
Necesarios para segregaciones, agrupaciones, uniones y divisiones de parcelas catastrales
Informes de Validación Gráfica Alternativa del Catastro
Necesarios para segregaciones, agrupaciones, uniones y divisiones de parcelas catastrales
Estos informes se realizan con el objeto de generar una modificación de la información gráfica dentro de los supuestos admitidos en el artículo 11 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (apartados 2.1. y 2.b); comunicaciones, declaraciones y subsanaciones de discrepancias.
El IVGA es elemento indispensable para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos que permiten incorporar una representación gráfica georreferenciada alternativa a la cartografía catastral, dándose cumplimiento a lo establecido, en tal sentido, en el apartado séptimo de la Resolución conjunta de 29 de octubre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado y de la Dirección General del Catastro.
AJ BELDA ARQUITECTO, realizará una modificación en el parcelario catastral y obtendrá un informe positivo para que sea admitido tanto por los fedatarios públicos como por el Catastro. Le será entregado al cliente un informe con código CSV que permitirá verificar su validez y unos archivos *.gml. Todo ello deberá ser entregado por el interesado en notaría o ante el Registro de la Propiedad a fin de comunicar con el Catastro las modificiaciones definitivas a realizar en el parcelario catastral, resultado de distintas actuaciones como subsanación de discrepancias, licencias de segregación, etc.
Puede descargar en el siguiente enlace un completo documento informativo elaborado por la Dirección General del Catastro
Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria y del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (fundamentalmente los arts. 2, 3, 11, 14, 18, 33, 36, 38 a 49 y 53.1.b).
Ley Hipotecaria (fundamentalmente los arts. 9, 10 y 198 a 209).
Resolución conjunta de 26 de octubre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado y de la Dirección General del Catastro, por la que se regulan los requisitos técnicos para el intercambio de información entre el Catastro y los Registros de la Propiedad.
Resolución de 26 de octubre de 2015, de la Dirección General del Catastro, por la que se regulan los requisitos técnicos para dar cumplimiento a las obligaciones de suministro de información por los notarios establecidas en el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.